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Ajuste de Estatus

Hay dos vías principales para obtener el estatus de residente legal por medio de peticiones familiares. El primer tipo de proceso de ajuste de estatus es para aquellos que han ingresado al país legalmente y tienen una visa disponible de inmediato. Este ajuste es procesado por la oficina del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE. UU. Aquellos que sean elegibles obtendrán su entrevista en una oficina de inmigración local cercana que tenga jurisdicción sobre su caso. La segunda vía para obtener el estatus de residencia legal es para aquellos que ingresan a este país sin inspección y quienes pueden solicitar ajuste de estatus (AOS por sus siglas en inglés) bajo la legislación Sec. 245 (i) y a quienes se impondrá una multa de $1000. La última prórroga otorgada por el Congreso fue del 21 de diciembre de 2000 hasta el 30 de abril de 2001. Si la persona no califica para este beneficio, entonces el procesamiento consular es la siguiente opción para obtener el estatus de residencia legal.

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