Los ministros y no ministros de vocaciones y ocupaciones religiosas pueden inmigrar o ajustar su estatus en los Estados Unidos con el propósito de realizar trabajo religioso en un puesto remunerado de tiempo completo. La categoría de trabajador religioso inmigrante especial es una de las varias clasificaciones de visas de cuarta preferencia (EB-4) basadas en empleo. Para obtener información adicional sobre otras clasificaciones EB-4, consulte el enlace de la izquierda.